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Antecedentes:
El Programa
de Bachillerato por Madurez Suficiente, fue creado por la Junta Fundadora
de la
Segunda República, mediante el Decreto Ley N° 655 del 10 de
agosto de 1949. El programa se orientó por los siguientes objetivos:
·
Ofrecer a la población adulta del país la
adquisición de créditos educativos equivalentes al sistema formal, por medio
de la presentación de exámenes por suficiencia.
·
Determinar proyectos de Bachillerato por Madurez
como medio de apoyo a las actividades de autoformación.
·
Estimular en el adulto el deseo de superación
mediante el estudio independiente.
·
Propiciar la superación moral, cultural, social y
económica de los adultos postulantes al bachillerato.
Para
noviembre de 1949, se conformó la primera comisión de Bachillerato por
Madurez Suficiente y para ingresar al programa se estableció la edad mínima
en veinticinco años. En 1961 se
integró una nueva comisión, con cinco especialistas, uno de cada asignatura a
evaluar y un secretario tesorero.
En 1980 la
administración del programa quedó a cargo de la Dirección General de
Educación Permanente. Para los años
noventa se creó el Departamento de
Bachillerato por Madurez, como una secretaría ejecutiva de la junta y con
autonomía financiera; ya que se trasladó la cuenta a la del Instituto
Costarricense de Enseñanza Radiofónica (ICER), según el
decreto 19670-MEP. Además se
estableció la edad mínima de 18 años cumplidos para optar por este programa,
con excepción de los egresados del ciclo diversificado que pueden ser menores
de edad.
A partir del año
1994 la aplicación de todas las pruebas de los programas de educación abierta
son administradas por la Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.
¿En qué consiste?
Por las características propias de los programas de educación abierta,
en ellos se propicia la autodidaxia; consecuentemente, el estudiante está
obligado a orientar su esfuerzo para estar a la altura de las exigencias, que
le den sustentabilidad a sus esfuerzos y le conduzcan al éxito en sus
estudios.
A diferencia de lo que sucede en la educación formal – colegios – en
la educación abierta no existe la acción presencial como requisito; por ello,
el único instrumento para certificar los conocimientos que posee el
estudiante, lo constituyen las pruebas, y es en ese entorno que se debe
situar la persona que se prepara en esta modalidad de estudio, de tal forma
que, el estudiante avanza en sus estudios de acuerdo sus posibilidades y
presenta las pruebas de certificación en las convocatorias que al efecto
realiza el Ministerio Educación Pública y obtiene su derecho al título, al
aprobar las asignaturas del plan de estudio.
Fundamento Jurídico:
El Programa de
Bachillerato por Madurez Suficiente tiene su fundamento jurídico en el
Decreto Ejecutivo N°26906- MEP publicado en el diario oficial La Gaceta N°96
del 20 de mayo de 1998. (Inicio)
Plan
de estudios:
Hasta
la primera convocatoria del año 1998, rigió el plan de estudios que abarcaba
las áreas de Ciencias y Letras. El
requisito mínimo de escolaridad fue la Conclusión del Primero y Segundo Ciclo
de la Educación General Básica (sexto grado)
Este plan se subdividió de la siguiente manera:
Letras
- Redacción y Ortografía
- Gramática y Literatura
- Literatura Universal
- Estudios Sociales Generales
- Matemática Letras
- Inglés o Francés
- Ciencias Generales
Ciencias
- Redacción y Ortografía
- Gramática y Literatura
- Estudios Sociales de Costa Rica
- Matemática Ciencias
- Inglés o Francés
- Biología, Física o Química
Según acuerdo del
Consejo Superior de Educación N° 2597, se estableció el plan de estudios
unificado. Este rige a partir de la
segunda convocatoria de 1998 y el requisito mínimo de escolaridad es la
Conclusión de Estudios de la Educación
General Básica (noveno año aprobado).
El plan de estudio actual es el siguiente:
·
Español
·
Inglés o
Francés
·
Estudios
Sociales
·
Matemática
·
Biología,
Física o Química
·
Educación
Cívica. (Esta asignatura se incluyó a
partir de la convocatoria 01-2003)
¿Cómo se puede preparar el postulante?
·
Solo en su
casa.
·
Con profesor.
·
En proyectos
oficiales del MEP.
¿Cuál
es la nota mínima para aprobar cada asignatura?
¿Cuál
es el marco de referencia para la elaboración de las pruebas?
El
listado de Contenidos y Objetivos de los programas de estudio de la educación
formal medibles y que fueron publicados en el Alcance N°35 a La Gaceta N°242
del martes 14 de diciembre del 2010.
Costos para las
pruebas:
Cancelar
en el Banco Nacional de Costa Rica al número de cuenta 128600-4 la suma
correspondiente a la (s) materia(s) a inscribir, con un costo de ¢4500 (año
2013).
Certificado que se
obtiene:
El
Programa Bachillerato por Madurez Suficiente concluye con el otorgamiento del
Título de Bachiller en Educación Media,
la validez de este título es similar a la de cualquier colegio, útil para
ingresar a la
Educación Superior y para actividades en que se exija como
requisito. (Inicio)
Convocatorias:
Se realizan dos
convocatorias al año, a continuación la más próxima
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ASIGNATURA
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Biología, Física o
Química
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Español
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Inglés o Francés
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De 1:00 p.m. a 4:00 p.m.
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Estudios Sociales
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Domingo 01 de setiembre del 2013
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De 8:30 a.m. a 11:30 a.m.
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Matemática
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De 1:00 p.m. a 4:00 p.m.
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Educación Cívica
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*Después de 30 minutos del inicio
oficial de las pruebas no se permitirá el ingreso de ningún postulante.
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Periodo
de inscripción: Del lunes 17 al viernes 21 de junio del 2013.
Requisitos
de inscripción: Haber cumplido 18 años y haber aprobado el III Ciclo de la
Educación General Básica (9° año).
Podrán
Inscribirse:
- Los estudiantes del plan antiguo de Bachillerato
por Madurez Suficiente, que tengan aprobada
o reconocida al menos una asignatura en cualesquiera de las dos
áreas: Ciencias o Letras.
- Los estudiantes que tengan 18 años o más y posean
el Certificado de Conclusión de Estudios de la Educación General Básica
(9° año) aprobado.
- Los estudiantes egresados de la Educación
Diversificada del sistema formal.
- Los estudiantes que hayan presentado pruebas una o
varias veces en el programa Bachillerato por Madurez Suficiente y que se
encuentren rezagados en una o más asignaturas.
Requisitos para la
Inscripción:
Alumnos que presentaron
documentación a partir de la convocatoria 02-2002 del Programa de
Bachillerato por Madurez Suficiente (con expediente)
- Boleta de inscripción debidamente llena.
- Fotocopia del documento de identificación (por
ambos lados).
- Original del recibo del banco (debe aparecer el nombre del
estudiante).
Alumnos nuevos y aquellos
matriculados en las convocatorias anteriores a la 02-2002 del Programa de
Bachillerato por Madurez Suficiente (sin expediente)
- Boleta de inscripción completamente llena.
- Fotografía reciente tamaño pasaporte, de frente
(no se aceptan "escaneadas", ni con sellos).
- Original y fotocopia del documento de identificación (por
ambos lados).
- Original
del recibo del banco (debe
aparecer el nombre del postulante).
- Además deben adjuntar el original y fotocopia del
siguiente documento, de acuerdo con su situación:
v Estudiantes del
plan antiguo:
colilla de resultados de materias aprobadas.
v Mayores de 18
años:
Certificado de Conclusión de Estudios de la Educación General Básica (9°año).
v Egresados del
sistema formal (V o VI año) menores de edad: indicar
esta condición a la persona que le
recibe su matrícula.
v Estudiantes con
estudios en el extranjero:
Original y fotocopia del documento que
convalida los estudios realizados en el extranjero, que deberá corresponder
como mínimo al nivel académico de noveno año en Costa Rica.
v
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Los estudiantes
con necesidades educativas especiales deberán tramitar con anticipación las
adecuaciones curriculares en la Asesoría de Educación Especial de las
direcciones regionales de educación respectivas y aportar dicha
autorización a su matrícula.
Los estudiantes
de la educación formal que presentaron pruebas nacionales con adecuaciones
curriculares del año 2004 en adelante, solamente deberán marcar sí en el espacio correspondiente en
la boleta de matrícula. Los estudiantes que presentaron pruebas nacionales
con adecuaciones curriculares (bachillerato o noveno) en el periodo
1998-2003, deberán adjuntar a su matrícula la hoja de registro firmada por
el equipo circuital.
Si un estudiante
ha realizado pruebas con adecuaciones curriculares debe indicar en la
boleta que sí ha realizado pruebas con esta condición.
Si usted tiene
autorizada adecuaciones curriculares y realizará su matrícula en San José,
(en la Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad), deberá presentar
sus atestados en la ventanilla exclusiva destinada para tal efecto, de lo
contrario no se le dará trámite a su solicitud. Además, recuerde revisar el
comprobante de matrícula, en este debe aparecer la frase: “Con adecuación”,
lo cual le garantiza que ha efectuado correctamente el correspondiente
trámite administrativo para que se le apliquen las adecuaciones solicitadas
y aprobadas para dicha convocatoria.
Quienes se
inscriban en cualesquiera de las direcciones regionales de educación,
deberán indicarle a la persona que le gestiona su matrícula que tiene
autorizadas adecuaciones curriculares.
Quien no cumpla
con los requisitos establecidos para esta convocatoria, no se le dará
trámite a su solicitud.
Si un estudiante
tiene autorizada adecuación curricular, pero en la boleta de inscripción
marcó la opción NO, la Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad
asume que para esta convocatoria renuncia a este derecho, por lo tanto no
puede argumentar al momento de la prueba, que no se le concedió.
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